A- de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Guevara Jaimes Luis Eduardo·Respondent Mesa Directiva Del Consejo Municipal De Cucuta (Rep. Hugo Francisco Marquez Peña
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Impugnación de acto administrativo para ocupar vacante transitoria como concejal
- Interés de movimiento Colombia Viva al que pertenece concejal de dio lugar a la vacancia del cargo
- Notificación a terceros con interés debe surtirse con independencia que la decisión sea favorable o desfavorable a las pretensiones
- Necesidad de comunicar la iniciación del proceso de tutela
- Abstención para efectuar revisión de fondo y orden a juez de primera instancia de poner en conocimiento la nulidad saneable presentada
- Vinculación del tercero legítimo puede surtirse excepcionalmente durante la etapa de revisión
- Falta de notificación a las partes demandadas y a terceros con interés legítimo genera nulidad saneable
- Juez debió notificar a la persona plenamente identificada que ocupó vacante de concejal y al movimiento Colombia Viva al que pertenece el concejal de dio lugar a la vacancia
- Deber de garantizar a terceros determinados o determinables con interés legítimo el derecho a la defensa
- Deber de integrar debidamente el contradictorio o comunicar a terceros con interés legítimo en el proceso
- Tesis determinantes en el momento de decidir si se opta por el sistema de lista cerrada o con voto preferente y sobre el orden de inscripción de candidatos para ocupar cargo vacante de concejal
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (10 points)
- Primero. ABSTENERSE de efectuar la revisión de fondo de los fallos proferidos por el Juzgado
- Sexto. Penal Municipal y por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Cúcuta dentro de la acción de tutela de la referencia.
- Segundo. ORDENAR al Juzgado
- Sexto. Penal Municipal de Cúcuta, que ponga en conocimiento de Nelly Amparo Pérez Toro y del Movimiento Colombia Viva la nulidad a la cual se ha hecho referencia en esta providencia, advirtiéndoles que si no se pronuncian sobre la misma dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del presente auto, se entenderá saneada y el proceso continuará su curso en sede de revisión. En caso contrario, la nulidad será declarada y deberá surtirse todo el trámite procesal correspondiente (C.P.C., arts. 144 y 145).
- Tercero. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral anterior, ORDENAR que por Secretaría General, se devuelva el expediente al Juzgado
- Sexto. Penal Municipal de Cúcuta.
- Cuarto. Esta providencia deberá ser notificada por el Juzgado
- Sexto. Penal Municipal de Cúcuta al actor, a la autoridad demandada y a los terceros con interés legítimo.
- Quinto. Cumplida la actuación anterior, si la nulidad fuere alegada, previo el trámite correspondiente, la tutela deberá seguir el curso previsto en el Decreto 2591 de 1991; en caso contrario, el expediente se devolverá a esta Sala para su revisión y los términos empezarán a correr de nuevo a partir del momento en que el expediente sea nuevamente puesto a disposición del Magistrado Ponente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.